El Código Deontológico es el documento que marca las líneas de actuación para los profesionales de la interpretación de lengua de signos y la gúia-interpretación que ejerzan como tal en el Estado Español.
Podemos resumir los artículos del Código Deontológico del Intérprete de Lengua de SIgnos y Guía-Intérprete en los siguientes puntos:
1.- Mantener una actitud imparcial y neutral durante su actuación evitando conductas de custodia, consejo o control.
2.- Respetar el caracter confidencial de su actividad.
3.- Interpretar la totalidad de lo expresado de manera fiel adaptándose a las habilidades comunicativas de los usuarios.
4.- Declinar aquellos servicios que estén fuera de sus capacidades profesionales o informar de ello.
5.- Considerar la ética establecida por la profesión.
6.- Asegurar las condiciones necesarias para la correcta prestación del servicio en cuanto a tarifas, sustitución, preparación, etc.
7.- Velar por el prestigio de la profesión.
Este Código Deontologico ha sido elaborado por FILSE y aprobado y ratificado en asamblea por sus asociaciones miembros.
El documento completo está disponible para su descarga en el adjunto.
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